Seguros de Mercancías

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SEGURO OBLIGATORIO LCTT: 

La mercancía esta quedará amparada conforme al régimen de responsabilidad del transportista previsto en la LCTT, para cualquier tipo siniestro: Robo, hurto, pérdida, daños, averías, etc. Se indemnizará el valor de reposición de la mercancía transportada hasta un máximo de 6,43 Euros por kilogramo transportado y expedición.

SEGURO OBLIGATORIO INTERNACIONAL: 

Consultar las condiciones según el Convenio de Varsovia o el Convenio Internacional aplicable obligatoriamente según el tipo de servicio y courier elegido para el transporte internacional.   

SEGURO OPCIONAL A TODO RIESGO: 

Se trata de una ampliación de responsabilidad  opcional que está siempre a su disposición con una cobertura de hasta 12.000 €.

Para envíos de superior valor solicitar aprobación al Departamento de Seguros CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 24 H.

MERCANCÍAS NORMALIZADAS se aplicara un sobrecoste del 2% sobre el valor declarado, con un mínimo de 3 € + el 8% sobre el porte del envío.

MERCANCÍAS ESPECIALES (Teléfonos móviles, ordenadores portátiles, cámaras digitales, bisutería, objetos especial valor o frágiles) se aplicara un sobrecoste del 3 % sobre el valor declarado, con un mínimo de 3 € + el 8% sobre el porte del envío.

Para esta ampliación de responsabilidad deberá realizar una declaración expresa del valor y contenido de la mercancía asegurada.

Esta ampliación de responsabilidad  no es válido para todas las mercancías, por favor consultenos.

SEGURO OPCIONAL A TODO RIESGO INTERNACIONAL: 

Se trata de una ampliación de responsabilidad  opcional  que está siempre a su disposición con una cobertura máxima de 20.000€.

Para envíos de superior valor solicitar aprobación al Departamento de Seguros CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 24 H.

MERCANCÍAS NORMALIZADAS se aplicara un sobrecoste del 2% sobre el valor declarado, con un mínimo de 10 €.

MERCANCÍAS ESPECIALES (Teléfonos móviles, ordenadores portátiles, cámaras digitales, bisutería, objetos especial valor o frágiles) se aplicara un sobrecoste del 3 % sobre el valor declarado, con un mínimo de 10 €.

Para esta ampliación de responsabilidad deberá realizar una declaración expresa del valor y contenido de la mercancía asegurada.

Esta ampliación de responsabilidad  no es válido para todas las mercancías, por favor consultenos.